En el día de ayer de fue presentado el Plan de Calidad del Aire y de Cambio Climático (Plan A), por la alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, y la delegada de Medio Ambiente y Movilidad, Inés Sabanés, el cual fue aprobado en Junta de Gobierno, en vez de en el Pleno del Ayuntamiento, lo que sin duda hubiera dotado de mayor legitimidad al Plan y hubiera posibilitado una mayor participación del resto de grupos políticos, en aras a un mayor consenso, sin embargo se ha optado por la vía de la imposición.

El Plan, desatiende la mayor parte de las propuestas del sector del transporte de mercancías, que tanto ATRADICE, como el resto de organizaciones pertenecientes al Comité Madrileño de Transporte por Carretera (CMTC) habían planteado.

Si bien se corrige en cierta medida las restricciones de acceso que al área central establecía el Plan inicial para los vehículos destinados a la distribución urbana de mercancías, sigue siendo insuficiente y poco realista el calendario aprobado, pues el esfuerzo inversor que se le exige al sector es inasumible. La prohibición de acceso queda de la siguiente manera:

– Vehículos de hasta 3,5 tns. de MMA: desde 2020 vehículos sin distintivo (diésel matriculados antes de 2005), desde 2022 vehículos con distintivo B (diésel matriculados desde 2005 a 2013).

– Vehículos de más de 3,5 tns. de MMA hasta 12 tns. de MMA: desde 2023 vehículos sin distintivo (disésel matriculados antes de 2005), desde 2025 vehículos con distintivo B (diésel matriculados desde 2005 a 2013).

Las organizaciones del sector habían solicitado que la restricción de acceso afectara inicialmente a los vehículos sin distintivo a partir de 2025, dado que 1 de cada 6 vehículos tiene más de 20 años, y son responsables del 50 % de las emisiones del transporte por carretera, y que hubiera una distinción entre el transporte público de mercancías y el transporte privado complementario de mercancías, pues el transporte público cuenta con una flota más moderna y reduce considerablemente los recorridos en vacío. Tampoco se ha tenido en cuenta la propuesta de aumento de capacidad de carga de los vehículos de 12 a 18 tns. de MMA, que sin variar ostensiblemente las dimensiones, permiten una mayor eficiencia de la distribución, reduciendo recorridos y emisiones.

El Plan discrimina al sector de transportes de mercancías porque resulta más restrictivo con él que con el vehículo particular, cuando lo que pretende el Plan, por ser éste el principal foco de contaminación, es reducir la intensidad del tráfico privado de vehículos particulares (turismos principalmente), promocionando el transporte público de viajeros, pero no lo hace con el transporte público de mercancías. Además, para el transporte de viajeros se recoge expresamente una línea de ayudas de carácter municipal, que no se prevé para el sector de mercancías, el gran perjudicado de este Plan.

Desde ATRADICE se viene demandando una mayor armonización en esta materia, ya que la actividad del transporte de mercancías por carretera está sometida a una autorización administrativa de transporte de ámbito nacional, por lo que es preciso que los planes de calidad del aire sean nacionales, a fin de establecer criterios homogéneos y unificados en todo nuestro país teniendo en cuanta la diferente tipología de municipios, y ahora con más razón por encontrarse muy avanzado el Plan Nacional de Calidad del Aire 2017-2019.