Tras el alivio de las restricciones durante las vacaciones de Navidad, los contagios han vuelto a incrementarse en nuestro país. Ante estos datos, las Comunidades Autónomas ya han comenzado a tomar nuevas medidas para intentar frenar la propagación del virus.

Por ello, para facilitar la labor de los transportistas, en la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) recopilado las restricciones que afectan a los servicios de la hostelería. Cabe destacar que la CETM ha reclamado que se tome una postura común y se permita la apertura de los establecimientos ubicados en carreteras, áreas de servicio y polígonos industriales.

Aunque algunas han establecido excepciones para este tipo de establecimientos, otras continúan sin tener en cuenta al sector. Por ello, a continuación, recopilamos toda la información al respecto. Aquellas Comunidades Autónomas marcadas en rojo son en las que no tenemos constancia de que se haya publicado una excepción.

*Actualización 27/01: GALICIA

• GALICIA: La Xunta ha ordenado el cierre de los bares y restaurantes y solo permite el servicio de comida para llevar. Sin bien, en esta ocasión, se permite la apertura de los establecimientos que se encuentren en centros logísticos o áreas de servicio de la red vial “con el fin de posibilitar las pausas adecuadas en cumplimiento de la normativa de conducción y tiempos de descanso imprescindibles para poder realizar las operaciones de transporte”. Estos establecimientos también podrán abrir durante la noche, de acuerdo con la normativa. La medida puede consultarse en: https://www.xunta.gal/dog/Publicados/excepcional/2021/20210126/2549/AnuncioC3K1-260121-7_gl.pdf (Punto 3.19)

• ASTURIAS: El cierre de la hostelería se ha adelantado a las 20:00 horas desde el pasado 14 de enero pero, además, el Principado ha publicado nuevos criterios para decretar las restricciones en los concejos de forma individualizada. Entre dichas medidas se establece la suspensión temporal de la apertura al público de la hostelería. Sin embargo, se han establecido excepciones entre las que se encuentran los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible, centros de carga y descarga o expendedores de comida preparada. La Resolución, de 18 de enero de 2021, puede consultarse aquí. Además, en este mapa se
actualizan las medidas por concejos: https://dgspasturias.shinyapps.io/panel_de_indicadores_asturias/ En cuanto al toque de queda, se amplía desde las 22:00 hasta las 06:00 horas.

• CANTABRIA: El Gobierno cántabro ha prorrogado un mes más el cierre del interior de la hostelería de manera que, solo se podrá seguir prestando servicio en terrazas hasta el próximo 15 de febrero. Sin embargo, hay una excepción para los establecimientos de suministro de combustible, centros de carga y descarga o expendedores de comida preparada para dar servicio a los conductores profesionales.

• LA RIOJA: El Gobierno riojano ha ordenado el cierre de la hostelería y las actividades no esenciales hasta el próximo 23 de febrero, así como el confinamiento perimetral de sus 174 municipios. Si bien, en esta ocasión, el Gobierno riojano permite la apertura de los restaurantes de carretera o en áreas de servicio, única y exclusivamente para dar servicio a los profesionales en el desempeño de su función que no tengan otra alternativa.

• NAVARRA: El cierre de la hostelería se adelanta a las 21:00 horas pero, además, el Gobierno navarro ha anunciado que, a partir del 23 de enero y hasta el próximo 7 de febrero, no se podrá abrir el interior de estos establecimientos y solo se podrán mantener abiertas las terrazas. Nuestra asociación en Navarra, ANET, nos ha señalado que con carácter excepcional se podrá autorizar la apertura de los interiores de los establecimientos cuyos clientes sean trabajadores que realicen labores de transporte, tanto de viajeros como de mercancías, y los establecimientos ubicados en estaciones de servicio o carretera (fuera del núcleo urbano y en las principales carreteras de Navarra) que tengan aparcamiento para más de cinco camiones y que den servicios de comidas o cenas. Esta información puede consultarse aquí.

• ARAGÓN: Las actividades no esenciales, entre las que se encuentra la hostelería, deben cerrar a las 20:00 horas durante la semana y viernes, sábados y domingos a las 18:00 horas. Si bien, los establecimientos de hostelería y restauración situados en estaciones o áreas de servicio podrán permanecer abiertos después de las 20:00 horas, pero serán de uso exclusivo para los profesionales del transporte. Cabe destacar que la Orden SAN/1/2021 publicada en el Boletín Oficial de Aragón establece que los transportistas que acudan a estos establecimientos deberán presentar una declaración responsable que puede descargarse en el siguiente enlace: https://www.cetm.es/add/BancoDeDocumentos/noticias/declaracion_respons able_aragon.docx

• CATALUÑA: de momento se ha establecido que hasta el 24 de enero los bares y restaurantes solo pueden abrir en horario de 07:30 a 09:30 horas y de 13:00 a 15:00 horas para las comidas. Para el servicio de las cenas, el horario es de 19:00 a 22:00 horas. Sin embargo, no se han establecido franjas horarias para la restauración ubicada en áreas de servicio.

• COMUNIDAD VALENCIANA: a partir del jueves 21 de enero y durante 14 días esta comunidad cerrará la hostelería y adelanta el cierre de los comercios a las 18:00 horas. Desde nuestra Asociación Provincial en Valencia nos han hecho llegar la Resolución, de 19 de enero de 2021, en la que se detallan las nuevas medidas y en la que se excluyen del cierre, entre otros, a los siguientes establecimientos:- Servicios de hostelería y restauración situados en empresas y lugares de trabajo, para uso exclusivo para el personal empleado.- Servicios de restauración en áreas de servicio de vías de comunicación, o lugares que no siendo considerados como áreas de servicio se encuentren próximos o colindantes a las carreteras, bien de forma directa, en el caso de carreteras convencionales, bien a través de enlaces, en caso de autovías y que presten servicio, todos ellos, de forma habitual a los transportistas, al personal perteneciente a servicios esenciales de cualquier tipo, incluidos los servicios de conservación y mantenimiento de carreteras. El acceso a los establecimientos citados sólo estará permitido a las personas incluidas en los colectivos anteriormente referidos. Las actividades de restauración de servicio a domicilio, o de recogida de comida y/o bebida por la clientela en el establecimiento con cita previa, se podrán llevar a cabo durante el horario de apertura habitual del establecimiento.La norma puede
consultarse en: http://www.dogv.gva.es/datos/2021/01/20/pdf/2021_530.pdf

• CASTILLA-LA MANCHA: se ha decretado el cierre de la hostelería, pero el Gobierno castellano-manchego ha publicado una excepción para que los restaurantes de carretera de la región puedan abrir y dar servicio a los transportistas. Por otra parte, el toque de queda se ha adelantado a las 22:00 horas.

• MADRID: El toque de queda se adelanta a las 22:00 horas hasta las 06:00 y la hostelería deberá cerrar a las 21:00 horas. Si bien, permite la apertura de los establecimientos de restauración en estaciones de combustible y otros considerados esenciales.

• EXTREMADURA: la Junta ha establecido el cierre de la hostelería en las localidades de más de 5.000 vecinos que cuenten con una incidencia de más de 500 casos por cada 100.000 habitantes. Esta medida afecta a: Cáceres, Badajoz, Almendralejo, Don Benito, Villanueva de la Serena, Mérida, Plasencia, Jerez de los Caballeros, Trujillo, Gaureña, Moraleja, Arrollo de la Luz y Talavera del Real. Así como ocurre en otras comunidades, los servicios de restauración ubicados en establecimientos de combustible, centros de carga y descarga o expendedores de comida, están exentos de esta restricción.

• CASTILLA Y LEÓN: esta comunidad ha ordenado el cierre del interior de bares y restaurantes hasta el próximo 26 de enero. Si bien, se ha establecido una excepción para los restaurantes de hoteles y alojamientos turísticos, centros sanitarios, centros de trabajo y gasolineras.

• MURCIA: se ha decretado el cierre de bares y restaurantes en los municipios de la Región que se encuentran en nivel extremo y que en total suman 36: Moratalla, Fortuna, Abanilla, Jumilla, Mula, Caravaca de la Cruz, La Unión, Ricote, Yecla, Albudeite, Santomera, Lorquí, Villanueva del Río Segura, Murcia, Las Torres de Cotillas, Cartagena, Molina de Segura, Alguazas, Pliego, Blanca, Lorca, Los Alcázares, Campos del Río, Cieza, San Pedro del Pinatar, Bullas, Torre Pacheco, San Javier, Águilas, Abarán, Ulea, Alcantarilla, Ceutí,
Fuente Álamo, Cehegín y Archena.

• ANDALUCÍA: los comercios y servicios no esenciales deben cerrar en la Comunidad andaluza a las 18:00 horas. Sin embargo, la Junta sí que ha incluido en las excepciones a los servicios de restauración que se ubican en los establecimientos de combustible, centros de carga y descarga o los expendedores de comida preparada, con el objetivo de facilitar la actividad de los profesionales del sector del transporte.

• ISLAS BALEARES: la hostelería permanece cerrada en Mallorca, Ibiza y Formentera y solo se permite el servicio de comida para llevar hasta las 22:00 horas, momento en el que se inicia el toque de queda.

• PAÍS VASCO: el horario de cierre de la hostelería se mantiene a las 20:00 horas. Sin embargo, en los municipios que se encuentren en alerta roja, estos establecimientos deberán cerrar sus puertas. Afortunadamente, aquellos establecimientos que se encuentren en gasolineras y áreas de servicio están exentos de cumplir con esta medida.

• ISLAS CANARIAS: la isla de Gran Canaria se encuentra en fase 3, por lo que la hostelería solo puede atender en terrazas. Lanzarote y la Graciosa se encuentran en nivel 4, de manera que las actividades no esenciales, entre las que se encuentra la hostelería, deben cerrar a las 18:00 horas.