El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha confirmado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que la rebaja de los combustibles se prorroga para los sectores más afectados por la crisis, entre los que se encuentra el transporte por carretera.
A la espera de conocer los detalles con la publicación mañana miércoles del Real Decreto-ley en el que se incluye la medida, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha emitido una nota en la que especifica que la bonificación se mantendrá hasta el 30 de junio de 2023.
Si bien, la medida se articulará en dos fases:
– Del 1 de enero al 31 de marzo: un descuento de 20 céntimos por litro de combustible
– Del 1 de abril al 30 de junio: un descuento de 10 céntimos por litro de combustible.
En el caso de las flotas movidas por gas, se prevé una compensación de 27 céntimos hasta marzo y 14 céntimos en el segundo trimestre del año, debido a las “especiales circunstancias a las que se enfrenta el precio del gas en esta reciente etapa”.
Según indica la nota, el MITMA realizará un seguimiento de la evolución de los precios del combustible y del impacto de las ayudas para verificar su efectividad e idoneidad.
Por otra parte, el Real Decreto-ley incluirá la extensión durante seis meses más, entre el 1 de enero y el 30 de junio, de la modificación temporal de la fórmula de revisión del precio del transporte por carretera, que ha aumentado el peso del coste del combustible en la tarifa final, pasando del 30 al 40%.
Abono de las bonificaciones
El texto recoge dos mecanismos para calcular y abonar las ayudas de 20 y 10 céntimos de euros por litro a los transportistas en función de si tienen derecho o no a la devolución parcial del impuesto sobre hidrocarburos.
En el caso de las empresas que se benefician de la devolución del gasóleo profesional, la ayuda se abonará al finalizar cada mes de aplicación de la medida, junto a la devolución parcial del impuesto de hidrocarburos, y se calculará en función de los litros consumidos y pagados con las tarjetas de gasóleo profesional, entre otros sistemas.
Así, las empresas de transporte público de viajeros en autobús y taxi, y vehículos de transporte de mercancías por carretera mayores de 7,5 de masa máxima autorizada, que actualmente reciben 4,9 céntimos de devolución por litro consumido, en un pago mensual, como devolución parcial del gasóleo profesional, recibirán junto con esta ayuda la bonificación al combustible.
De este modo, se atribuye a la Agencia Estatal de Administración Tributaria la competencia para gestionar las solicitudes de ayuda y todas las actuaciones de gestión y control para su tramitación.
Por otro lado, se establece un sistema de ayudas directas para las empresas y trabajadores autónomos que no se benefician de la devolución del gasóleo profesional. Los beneficiarios deberán solicitar la ayuda a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria entre el 1 de febrero y el 31 de marzo de 2023, que, una vez aprobada, se abonará en un único pago.
La bonificación se calcula estimando el consumo, por tipo de vehículo, en un periodo de seis meses: del 1 de enero de 2023 al 30 de junio de 2023. Así, teniendo en cuenta las diferentes cuantías fijadas para cada trimestre, las ayudas por vehículo para todo el periodo son las siguientes: